BULLYING: ACOSO ESCOLAR.
La violencia escolar, según Olweus (1997) es la que se produce en el sistema escolar. Dentro de ella hay un tipo de violencia muy preocupante en nuestros días: el acoso (bullying). El acoso escolar tiene un gran parecido en su modus operandi y consecuencias con el acoso laboral (mobbing)
Conductas de las Víctimas en la Escuela:
Conducta Social de las Víctimas de “Bullies”:
Conductas Emocionales de las Víctimas:
Atención, valoración y tratamiento a personas víctimas de bullying: tel. 600 44 00 04.
La valoración del daño psíquico sufrido por la víctima de acoso laboral constituye, sin lugar a dudas, la tarea más relevante a la que se enfrentará el perito psicólogo en este tipo de problemática. El trabajo pericial en estos casos se deberá centrar en tres puntos fundamentales (González-Trijueque, Tejero y Delgado, 2011); en primer lugar, se debe intentar (en la medida de lo posible) objetivar el estresor descrito y valorar si estamos ante un supuesto de mobbing o bien ante otro tipo de riesgo psicosocial (p. Ej., estrés laboral, burnout); en segundo lugar habrá que determinar el estado psicológico de la víctima y comprobar si existen síntomas clínicos y si éstos configuran algún cuadro psicopatológico (estrés postraumático, ansiedad, depresión...) del cual será especialmente importante pronunciarse sobre su cronicidad y pronóstico para saber si estamos hablando de una lesión o una secuela en el plano psíquico; y en tercer lugar, se tendrá que valorar si existe causalidad (o al menos compatibilidad) entre el estresor descrito y la sintomatología desarrollada por el trabajador acosado, para lo cual resultará esencial evaluar la estructura de personalidad, el estado anterior y la vulnerabilidad/resiliencia del sujeto acosado.
Las consecuencias del acoso psicológico en el trabajo pueden ser de distinta naturaleza y proyectarse sobre ámbitos también muy variados en la vida del sujeto
que lo sufre. Una característica propia del acoso laboral es que la víctima percibe la situación de hostigamiento como especialmente estresante y que pone en riesgo su
salud tanto mental como física. A menudo, el trabajador acosado no sabe cómo afrontar estas situaciones para modificar su entorno socio-laboral, ni sabe
cómo controlar las reacciones emocionales que le produce dicho proceso; el fracaso en el afrontamiento de estas situaciones y en el control de la ansiedad
desencadena una patología propia del estrés, que se va volviendo crónica y se agrava progresivamente (González-Trijueque et al., 2011).
AMBITOS DE ACTUACIÓN EN CASOS DE MOBBING:
- Evaluación y comprobación de que efectivamente se ha sido objeto de mobbing o acoso laboral (objetivación del estresor).
- Diagnóstico de psicopatologías derivadas o asociadas al mobbing, su cronicidad y pronóstico.
- Detectar y clarificar la relación existente entre el estresor y la sintomatología diagnosticada.
- Elaboración del informe pericial psicológico.
- Si procediera: ratificación en sala o sede judicial de la pericial psicológica.
- Tratamiento psicológico mobbing o de las secuelas del acoso laboral.
Atención, valoración y tratamiento a personas víctimas de mobbing: tel. 600 44 00 04.
ACOSO MORAL.
Las técnicas de acoso son soterradas y sutiles: palabras, miradas, insinuaciones, mentiras, difamaciones, etc. El acosador impone su voluntad (de forma continuada y progresiva), tergiversando la situación desde una posición de fuerza: posee la verdad y el poder.
El acoso moral sumerge a la víctima en una espiral depresiva que puede acabar en suicidio. Para la psiquiatra y psicoanalista Marie-France Hirigoyen, los casos extremos de acoso moral son asesinatos psíquicos. Permite desembarazarse de alguien sin mancharse las manos. Para el profesor Iñaki Piñuel, el origen del acoso suele encontrarse en el modo en que la víctima resulta, por diferentes razones, una amenaza para el gang que la acosa.
El acoso comienza desestabilizando a la víctima hasta conseguir que pierda progresivamente la confianza en sí misma y en los demás y quede en situación de total indefensión, incapaz de reaccionar.
La ansiedad, previa a la etapa depresiva, provoca en la víctima una actitud defensiva que, a su vez, genera nuevas agresiones. El agresor no pretende destruir a su víctima de inmediato. Su objetivo es someter y controlar: anular la capacidad de defensa y el sentido crítico, la capacidad de rebeldía.
El acosador es un depredador, incapaz de considerar a sus congéneres como seres humanos. Alienado respecto a sí mismo, se aprovecha de las debilidades propias de la condición humana.
ACOSO SEXUAL.
El acoso sexual es la intimidación o coerción de naturaleza sexual, o la promesa no deseada o inapropiada de recompensas a cambio de favores sexuales. En la mayoría de contextos jurídicos modernos el acoso sexual es ilegal.
La directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo define como acoso sexual:
la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
Cuando existen leyes referidas al acoso sexual, generalmente no prohíben bromas simples, comentarios indirectos o incidentes menores aislados, es decir, no imponen un "código de cívico general". En el lugar de trabajo, el acoso puede considerarse ilegal cuando es tan frecuente o grave que crea un ambiente de trabajo hostil u ofensivo o cuando repercute de manera adversa en el empleo (como por ejemplo la víctima es despedida o degradada o cuando la víctima decide renunciar al trabajo). Sin embargo, la comprensión jurídica y social del acoso sexual varía según la cultura.
El acoso sexual puede perjudicar a personas de ambos sexos pero estadísticamente la mayoría de denuncias son de mujeres. Los principales acosadores son hombres que ejercen este tipo de comportamiento en ambientes laborales (acoso laboral), académicos (acoso escolar), estudiantiles e incluso familiares (acoso familiar). Está considerado un acto delictivo, que es sancionado en función de su gravedad y que puede llevar incluso a la privación de libertad del acosador.
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